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¿ Qué Abogado necesita?

distintos tipos de abogados a los que puedes acudir Debe escoger a un abogado especializado en el tema en cuestión  para resolver el conflicto de la forma eficaz.

En Iuscan estamos especializados en:

ABOGADOS

Abogados especialistas en Derecho penal y delitos

Estos abogados se especializan exclusivamente en el Código penal, ya sea cualquier caso de delito, sea este sufrido o cometido.

En caso de que el abogado se encargue de defender a la persona perjudicada,( la persona que recibe el acto delictivo ), este se encargará de preparar y presentar la querella o la demanda y además también comparecer como acusación.

De lo contrario, en caso de ser el abogado Penal parte defensora del infractor (o la persona que comete el delito),  el abogado penalista se encargará del proceso de defensa y probables reducciones de condena u otros acuerdos legales.

Se encuentran en los juzgados de lo Penal, la Audiencia provincial y excepcionalmente en la Audiencia nacional.

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ABOGADOS

Especialistas en Derecho Civil y la vida cotidiana de las personas

Al contrario que los anteriores, este tipo de abogados están totalmente centrados en el Derecho civil y se ocupan tanto de personas físicas como jurídicas.

Los abogados civiles son especialistas en el código civil, y se refiere a los derechos de las personas con el estado, entre otras funciones, se encargan de disputas entre intereses particulares.

 

Algunos de sus funciones son relativas a reclamación de deudas económicas, divorcios incapacitaciones, herencias, manutenciones, separaciones de bienes y un largo etc.

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ABOGADOS

Otra rama de abogado civil especialista en Derecho del trabajo

Los abogados laboralistas se centran en casos relacionados con lo que tenga que ver con el ámbito laboral.

Una de sus funciones es intervenir en los conflictos o disputas entre trabajadores y administraciones públicas, o empresas privadas.

Deben conocer todo sobre los distintos órganos laborales como el instituto de seguridad social, los distintos servicios de empleo y la seguridad social.

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ABOGADOS

Abogado civil que se ocupa de los procesos administrativos.

Sirve tanto a entidades del sector público como a particulares y empresas privadas que necesiten soluciones en el ámbito administrativo.

Realizan alegaciones, recursos de alzada y otros relacionados con la administración.

Lo relacionado con expropiaciones y valoraciones, además de subvenciones y ayudas. ordenación de territorio y urbanismo entre otros.

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Dentro del derecho mercantil se incluyen aspectos como la competencia, la propiedad industrial o el derecho de sociedades, entre otros.
 

El derecho bancario, es aquel que regula el funcionamiento de entidades bancarias en su relación con particulares o empresas.

Recoge un conjunto de normas que se aplican a la actividad de los bancos.

El derecho bancario es el que se ocupa de los problemas de los particulares con el banco, la mayor parte de ellos relacionados con la concesión de créditos y los problemas que este tipo de contratos pueden ocasionar.

 

Trata aspectos como las cláusulas abusivas relacionados con hipotecas o otros como la Ley de la Segunda Oportunidad sobre las deudas.

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Compromiso, profesionalidad y transparencia son las claves de nuestro trabajo 

tipos de abogados además de su campo de acción habitual.

Derecho
Penal

"Luris praecepta sunt haec: honeste vivere, alterum non laedere, suum cuique tribuere"​

(Los preceptos del derecho son: vivir honestamente, no dañar a nadie y dar a cada uno lo que es suyo). Domicio Ulpiano D.1.1.10.1 :

Servicios Derecho Penal

Delitos Contra 

DELITOS CONTRA LA VIDA

Homicidios y asesinatos

Derecho
Administrativo

"Especial mención a la responsabilidad Patrimonial de la Administración"​

Dicha responsabilidad viene derivada del funcionamiento anormal de un órgano administrativo

No sólo por su acción, por ejemplo, en casos de negligencias médicas, sino por omisión de la misma, como pueden ser los casos de daños causados por caídas en la vía pública derivados de un  mal cuidado de la misma

Aunque no tengamos percepción de ello toda nuestra vida está regulada y ordenada por el Derecho Administrativo; desde que nos levantamos y  cepillamos los dientes (haciendo uso de agua, cuyo origen, transporte y evacuación está regulado por el derecho administrativo);  cuando  nos acostamos y apagamos la luz (estando el origen y transporte  de la electricidad regulado por el Derecho Administrativo);  así como,  del silencio que garantiza nuestro descanso  y sueño (a través de normas reguladoras de emisión de  ruidos) de manera directa o indirecta estamos sujetos a las normas del Derecho Administrativo

Servicios Derecho Administrativo

DERECHO ADMINISTRATIVO

Multas en sus diferentes Ámbitos

Derecho Civil

"Asistiendo al cliente en todo tipo de procedimientos civiles, tanto en los relacionados con anterioridad como en cualquier otro asunto del área del Derecho Civil:

Procedimientos de Derecho Civil

Demandas de

DEMANDAS DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS

Modificación de medidas definitivas sobre pensión de alimentos y otras

Derecho
Bancario

"Ha tenido su eco mediático en sucesivos cambios"​

Interpretativos en las relaciones de los consumidores con las entidades financieras que han venido impulsadas desde el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y en el contexto de la crisis financiera del 2008

Ha marcado un punto de inflexión en la supremacía del Derecho comunitario sobre el nacional, equilibrando los derechos de los usuarios bancarios frente a reiterados abusos que se venían produciendo desde décadas amparados en la carencia de mecanismos procesales eficientes para proteger a los consumidores y en una normativa intuitiva.​

Así, en estas líneas, quiero aproximar al lector a una parte dinámica del Derecho de Consumo, la relación del consumidor con las entidades financieras, acuñando el Derecho Bancario como si fuera una materia independiente del Derecho de Consumo, cuando no es así, siendo aquella una disciplina compleja e independiente a la que nos ocupa, tratando la que nos interesa como una relación del usuario con la entidad financiera.

​En estos términos, el legislador trató de dar coberturas a estas relaciones mediante la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación trasponer la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, así como la regulación de las condiciones generales de la contratación, modificando la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la defensa de los consumidores y Usuarios, que hasta ese momento había resultado de eficacia práctica muy limitada.​

Aunque esta reforma tampoco mejora la situación, al menos hasta el complemento que supone el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y un hito importante en resoluciones relativamente recientes provenientes del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que determinan un cambio interpretativo de las mismas, así como determinadas reformas legales

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